Los Incoterms son una serie de terminologías internacionales, creados en 1936 por la Cámara de Comercio Internacional (CCI) que establecen de forma clara quién asume la responsabilidad, entrega, costes y obligaciones sobre la mercancía durante la cadena de transporte.
Expertos de la Cámara de Comercio Internacional son quienes han recopilado las costumbres en 11 Incoterms, que se aplican fruto del acuerdo entre compradores y vendedores. FOB, CIF y EXW son los más comunes.
Aquí te listamos los principales Incoterms a nivel mundial:
- FCA, o “Free Carrier”: El incoterm FCA es polivalente y puede ser utilizado en transporte marítimo, aéreo y terrestre. Esto significa que el vendedor debe entregar las mercancías, listas para la exportación, a la naviera escogida por el comprador en un punto acordado y especificado en el contrato de compraventa. Este punto puede ser un puerto en particular o un espacio que pertenezca a la naviera.
- CIF, o “Cost, Insurance and Freight”: De uso exclusivo para el transporte marítimo, este significa que el vendedor, asume todos los gastos hasta la llegada al puerto asignado. Adicional a esto debe de contratar el seguro, aun teniendo en cuenta que los riesgos son responsabilidad del comprador cuando la mercancía está a bordo del buque, y que el comprador asume los riesgos durante el trayecto y los gastos de importación y medios de transporte. Esta transferencia del riesgo en condiciones CIF tiene lugar cuando la mercancía es cargada a bordo del buque.
- EXW, o “Ex-Works”: Bajo este término el vendedor entrega las mercancías en sus instalaciones o en otro lugar designado, mientras que el comprador asume los riesgos y costos relacionados con la carga, transporte y despacho de los productos. Después de comunicarse con el proveedor y llegar a un acuerdo, el comprador puede emitir una orden de compra o una factura proforma donde especifica el Incoterm que ambos utilizarán. El objetivo es definir hasta qué punto el exportador es responsable de la mercancía y en qué momento se transfieren los riesgos de pérdida o daños al comprador.
Es un incoterm polivalente y puede ser usado en diferentes modos de transporte (aéreo, marítimo, etc.)
- FOB, o “Free on Board”, este término exclusivo para el transporte marítimo significa que los riesgos de pérdida o daño de la mercancía se traspasan al comprador en el momento en que la mercancía pasa la borda del buque. Y el comprador es quien se hace cargo del flete, la descarga en destino, de los trámites aduaneros, de su precio de compra y seguro.
- CPT o “Carriage Paid To”: este término aplica para cualquier tipo de transporte, aereo, maritimo o terrestre, y significa que el vendedor contrata y paga los costos del transporte necesario para llevar la mercancía hasta el lugar de destino designado, así como los costos relacionados al despacho de exportación. Los riesgos de pérdida y daño pasan al comprador desde el momento en que la mercancía es entregada a la custodia del transportista.
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